Absuelven a un hombre en Almería que había sido condenado a siete años de prisión por intentar matar a tres guardias civiles

Un coche patrulla de la Guardia Civil.
Un coche patrulla de la Guardia Civil, imagen de archivo.
GUARDIA CIVIL
Un coche patrulla de la Guardia Civil.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha absuelto a un hombre que fue condenado con siete años y medio de prisión por la Audiencia de Almería por intentar matar con un automóvil a tres guardias civiles. El juzgado ha considerado así que el trastorno psíquico que padece provocó que tuviese anuladas por completo sus capacidades.

La sentencia original declaró probado que el procesado condujo un vehículo hasta llegar sobre las 20:30 horas del 19 de octubre de 2018 al cuartel de la Guardia Civil en Carboneras. En ese lugar se dirigió a un cabo que entraba, vestido de paisano, en las instalaciones y le exigió que abriese la puerta porque iba a "pegarle fuego al cuartel".

El cabo avisó en ese momento a dos compañeros que se encontraban en las proximidades, también vestidos de paisano. El anteriormente condenado conocía precisamente a uno de ellos y, tras verlo, aseguró que le iba a "cortar el cuello". 

El agente le invitó a irse en su vehículo y, a pesar de que se introdujo en el automóvil, instantes después aprovechó que los tres guardias se encontraban juntos para abalanzarse sobre ellos a toda velocidad. Los agentes tuvieron que saltar para evitarlo, aunque el cabo al que conocía el procesado quedó aprisionado por la pierna derecha.

El fallo original sostenía que "con el fin de causarles el mayor mal posible, incluida su muerte", volvió a echar hacia atrás el automóvil para lanzarlo contra los agentes, aunque no pudo hacerlo porque uno de ellos consiguió introducirse en el coche y echar el freno de mano.

Le condenaron por delito de homicidio

Aunque la sentencia de la Audiencia reconocía que el acusado tenía "gravemente alteradas sus facultades psicofísicas como consecuencia del trastorno adaptativo y desarrollo delirante que padece", le impuso aún así un total de siete años y medio de prisión por tres delitos de homicidio en grado de tentativa, en concurso ideal con un delito de atentado.

Sin embargo, el TSJA estima ahora el recurso del procesado y advierte que éste "padecía un trastorno adaptativo y desarrollo delirante con percepción de una realidad paralela y diferente de la auténtica, teniendo en consecuencia anuladas sus facultades intelectiva y volitiva" cuando se produjeron los hechos.

Señala además que este trastorno fue diagnosticado por la Unidad de Salud Mental del Hospital Universitario Torrecárdenas de Almería. El escrito también cita el informe de los médicos forenses, que concluyeron que tenía anuladas sus capacidades, así como el de un psiquiatra que manifestó que "presentaba ideas de grandeza y megalomanía como compensación al estrés del trabajo, ideas que fueron consolidando hasta formar una realidad paralela en su mente". 

Por ello, el TSJA establece que el procesado debe ser absuelto pero le impone la medida de internamiento en centro psiquiátrico por un máximo de siete años y seis meses. Sn embargo, la aplicación del internamiento queda supeditada a que en ejecución de sentencia se efectúe un examen e informe por médicos forenses sobre si se estima necesario que el acusado sea tratado así, o si es mejor que mantenga el tratamiento ambulatorio que ya recibe.

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